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Cláusulas suelo

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JOSÉ ANTONIO, SE DESPIDE DE LOS LECTORES:

Que todos los consumidores sepan que tienen a su disposición las oficinas de la UCE de Asturias en Oviedo, en Gijón y en Avilés para atender sus consultas y hacer las reclamaciones de las cantidades o derechos que les correspondan. Que tengan un poco de paciencia estos días porque se están acumulando muchas consultas y se forman ciertas colas, pero es de esperar que en unos días se normalice la situación y se pueda atender con más fluidez. 

  • Bugre

    Mi hipoteca está en el Sabadell, y no veo publicitado en ningún lado,ni en las oficinas ni en la pagina web del banco,el servicio al que he de dirigirme para solicitar la devolución. ¿ es esto normal?

    El Real Decreto-ley que se publicó en el BOE el sábado da un plazo a los bancos de un mes para que publiquen cómo hay que presentar las reclamaciones. 

  • parpayuela

    A mi me pusieron la clausula suelo cuando hice una novación, ¿ como me afecta ?

    Si antes de hacer esa novación el banco no comunicó las condiciones que tendría el nuevo préstamo dejando claro que tendría ese suelo y las consecuencias económicas del suelo, sí se podría reclamar. 

  • manuel

    ¿El hecho de que, hace unos años, el banco haya accedido a bajar ( en documento privado y cobrándome por éllo 60€ ), del 3 al 2,5% el suelo, puede influir negativamente en la posibilidad de éxito en la reclamación de las cantidades pagadas de más?

    Tenemos muchas sentencias ganadas en casos como el suyo porque si el suelo era nulo inicialmente, las rebajas posteriores no sanan ese vicio de nulidad. Además, el cobro de 60 euros sería también abusivo y se podría pedir la devolución. 

  • rosi

    Como se calcula los importes que tenemos que reclamar al banco por la clausula suelo?

    Al banco no hay que reclamarle ninguna cantidad en este procedimiento que ha creado el Gobierno. Solo se le reclama que reconozca la nulidad de las cláusulas suelo y devuelva las cantidades correspondientes. Y es el banco quien tiene que presentar el cálculo de lo que se ha pagado de más. Por otro lado existen muchas calculadoras en internet que facilitan realizare ese cálculo. 

  • CSC

    En 2015 me quitan la cláusula y me hacen firmar la renuncia judicial y extrajudicial, ¿puedo hacer algo? Además he observado que en las revisiones anuales creo no se aplicaron algún año correctamente ¿ que debo hacer?

    Sobre la renuncia judicial y extrajudicial ya decía que había dos teorías. Según una no se podría reclamar y según otra, que yo defiendo, sí. Habría que ir al procedimiento extrajudicial, en banco diría que no va a devolver nada. Entonces habrá que ir a un procedimiento judicial en que se reclamaría además de estas cantidades en la cláusula suelo la devolución de cualquier otra que se hubiera podido cobrar en exceso, como los gastos de constitución de la hipoteca o estas revisiones anuales que dicen que no se aplicaron correctamente. Si se aplicó un tipo superior al que se tenía que haber aplicado, había que pago excesivo que se puede reclamar. Esto habría que reclamarlo antes extrajudicialmente. 

  • Bernard

    Buenas tardes.Tenia un adosado adquirido en el 2007 y lo vendimos el 31 de diciembre del 2010.¿Tenemos derecho a reclamar el apartado de gastos referentes a la formalización de la hipoteca de liberbank?

    Sí, tanto los gastos por la constitución de la hipoteca como los de su cancelación tras la venta. 

  • GATO

    En mi caso, tengo una oferta vinculante firmada el mismo dia y a la vez que firme el prestamo hipotecario ante notario ( sin saber bien lo que firmaba, la verdad ). El caso es que el banco, a pesar de haberla solicitado varias veces no me da una copia de la oferta vinculante, aunque si me la dejo ver en una ocasion. La sentencia del tribunal europeo ¿ anula esta oferta vinculante ? Y en el caso de que no la anulase ¿ podria reclamar por via judicial , que la oferta vinculante la firme el mismo dia que la firma de la hipoteca ante notario, con lo cual no pude ser con anterioridad o tiempo suficiente, conocedor de todos lo terminos concernientes a mi hipoteca ?

    No hace falta anular la oferta vinculante. Está claro que una oferta que se firma el mismo día que la escrituran no tiene ningún valor. No sirve para nada. Además, la sentencia del TS de mayo de 2013 ya decía que la información que se daba en las ofertas vinculantes era insuficiente para que se pudiera entender el coste económico que suponía la cláusula suelo y, precisamente por eso, anula la cláusula por falta de transparencia. 

  • MORTIMER

    Por lo que he leído en prensa, se está estudiando reclamar también los gastos de la hipoteca al igual que se ha hecho con la clausula suelo, ya que parece que hay argumentos jurídicos para ello. Desde que se empezó a hablar de este tema hasta la salida de la sentencia europea han pasado varios años. En el caso de que se comience con el proceso de reclamación de los gastos de la hipoteca, al igual que se hizo con la clausula suelo ¿ habrá que esperar también varios años para esperar una sentencia, o es algo que se puede reclamar en paralelo junto a la clausula suelo ?

    Ya hay una sentencia del TS de diciembre de 2015 que dice que hay que devolver esos gastos. Esa sentencia condena al BBVA en una acción de cesación. Es una sentencia que dice que la cláusula que obliga al consumidor a pagar esos gastos que corresponden al banco es abusiva. Con fundamento en esa sentencia se puede reclamar la devolución de los gastos al BBVA y a cualquier otro banco. Esa reclamación, en teoría, se debería hacer conjuntamente con la de la cláusula suelo, pero el procedimiento que aprobó el Gobierno la semana pasada se refiere únicamente a la cláusula suelo, lo que parece que obliga a presentar dos reclamaciones al banco, una sobre el suelo y otra sobre los gastos. Si después se quiere ir a juicio, sí se podrían reclamar las dos cosas en la misma demanda. 

  • Monica

    Hola, buenas tardes. quería preguntar dos cosas. En primer lugar, mi hipoteca fue constituida con el banco porpular, pero la subrogué al BBVA. Entonces ¿tengo derecho a reclamarle los gastos al Banco Popular? y por otro lado , Si el BBVA me quitó la claúsula suelo en 2013 y yo no firmé papeles de ningún tipo, tengo derecho a la devolución de lo anterior?

    Sí hay derecho a reclamar los gastos de notario, registrador, etc, tanto al Banco Popular como al BBVA y sí se puede reclamar por la cláusula suelo al BBVA por las cantidades anteriores a mayo de 2013, por la sentencia que comentamos antes que dice que no hay cosa juzgada en estos casos. 

  • myself

    Días después de conocer la sentencia del Tribunal Europeo, Liberbank hizo pública una nota en la que reiteraba que sus cláusulas son legales. ¿Debería entonces acudir directamente al procedimiento judicial? Muchas gracias. Un saludo

    Yo no lo recomiendo. Conviene ir al procedimiento extrajudicial. La estrategia de los bancos es intentar hacer creer a los consumidores que su actuación es legal para disuadirles de que reclamen. Pero si llegan a reclamar, algunos bancos al menos sí van a atender su reclamación. Si no lo hacen, al menos, al haber ido a ese procedimiento extrajudicial se aseguran que cuando tengan que ir al juicio, lo ganarán con costas. 

  • nicodubovsky

    En mi opinión, el hecho de lo abusivo no sea la clausula suelo en si, sino que estas sean "no transparentes" da mucha confusión a un posible fallo judicial. No crees que el papel de los notarios, que deberían dar fe pública de estas condiciones estaría en entredicho?

    La obligación de información sobre la existencia de la cláusula suelo y sus consecuencias le corresponde al banco que debería haberlo aclarado con suficiente antelación a la visita al notario para firmar la escritura. Sí es cierto que muchos notarios actuaron incorrectamente al aprobar escrituras que ya venían redactaras desde el banco diciendo que había una oferta vinculante anterior pero sin comprobar que esa oferta realmente existiese y se le hubiese presentado al cliente. Así he visto en muchísimos juicios escrituras en que se dice que existe oferta vinculante pero después el banco no puede presentar ninguna oferta vinculante porque no existió. 

  • Patrick Alvarez

    Terminamos de pagar la hipoteca en 2014. Es una vivienda V.P.O pero estábamos subrogados al préstamo del constructor. En este caso tendríamos clausulas suelo u otro tipo de gastos abusivos? Gracias.

    En la financiación de las viviendas protegidas hay diferentes casos. Cuando ya se escritura el préstamo con las condiciones de protección oficial, el tipo de interés es el que viene establecido por el Gobierno. No hay cláusulas suelo, es el tipo establecido legalmente. Es elevado pero legal. En cuanto a los gastos de notario, registrador impuesto, ya tienen unas reducciones muy importantes por lo que no le merece la pena reclamar una cantidad muy muy reducida. En otros casos hay una primera escritura con las condiciones de un préstamo normal libre y una segunda escritura relativa a una parte del capital del préstamo en que ya se aplican las condiciones legales de la protección que corresponda. En esa primera escritura sí es posible que exista suelo y que además se hayan pagado los gastos de notario, registrador... que corresponderían al banco. Sí se pueden reclamar. 

  • Agaporni

    Se puede reclamar la cláusula suelo de una hipoteca cancelada en 2011? Tengo entendido que no prescribe en 15 años Me informe en la caja rural y me dicen que no saben nada que si quiero que presente un escrito Vamos que no dan nada de información Gracias por la respuesta

    Sí se puede reclamar por las hipotecas ya canceladas. Ya decía antes que según una teoría la prescripción de reclamación de cantidades se produce en 15 años. Como mínimo hay ese plazo pero en mi apreciación no hay ningún plazo. Se puede reclamar cualquier cantidad sin límite de tiempo. En cuanto a la Caja Rural está poniendo todo tipo de dificultades a sus clientes para que puedan hacer la reclamación correspondiente. 

  • Fidelio

    En una hipoteca con cláusula suelo, uno de lo dos prestatarios es abogado. El banco alega que eso es suficiente para considerar que conocía perfectamente las condiciones y consecuencias de la cláusula, y por tanto no es nula. Cual es su opinión al respecto? El abogado llevaba un año colegiado cuando firmo la hipoteca.

    Para que pudiera conocer las condiciones del préstamos el banco se las tenía que haber transmitido. Si no lo había hecho da lo mismo que fuera abogado o tuviera cualquier otra profesión. No podía conocerlas. 

  • MARTA

    ¿Cómo puedo saber de antemano si tengo Cláusula Suelo antes de acudir a mi Banco? El único documento que poseo es el de la escritura y no viene nada reflejado sobre el tema. Muchas Gracias.

    En la escritura tendría que aparecer, pero cuando se concede el préstamo por subrogación en el que tenía el promotor de la vivienda puede ser que simplemente haya una remisión a las condiciones que tenía el préstamo al promotor y no se repitan en la escritura que hemos firmado. Basta con comprobar los recibos que se van pagando y tiene que aparecer el tipo de interés que se está pagando y se verá si desde 2009 ha ido bajando o si lleva varios años en la misma cifra y que no ha bajado la cuota. 

  • Mariano diaz

    A lugar a reclamar el impuesto por actos jurídicos documentados?

    Esto es dudoso. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dicho que sí, pero la Sala Tercera que resuelve las cuestiones tributarias tiene varias sentencias que dice que el impuesto lo tiene que pagar el cliente a la luz del reglamento del impuesto más que a la luz de la ley. Por eso ahora algunos jueces están resolviendo conforme a lo que estableció la Sala de lo Civil y obliga a devolver la cuota del impuesto mientras que otros entienden que hay que aplicar el criterio de la Sala de lo Contencioso y no obligan a devolver esa cuota. Yo entiendo que si la ley dice que el pago del impuesto corresponde al banco no es razonable que la Sala de lo Contencioso haya dado más valor al reglamento que a la ley. Tendría que haber anulado el reglamento y quien me parece que tiene razón es la Sala Civil y devolver la cuota del impuesto. 

  • manuel

    Buenas tardes, tengo una hipoteca del conjunto de entidades de 1994. En el momento actual estoy reuniendo datos para hacer la pertinente reclamación a mi banco. Me faltan las facturas de los gastos de la hipoteca. ayer me puse en contacto con el notario y el registrador y estos me dijeron que no tenían facturas anejas a los préstamos de esas fechas. Qué puedo hacer?

    Si las facturas son del 94 han pasado 23 años. Ha pasado muy en exceso el paso de prescripción respecto a las obligaciones fiscales y civiles que pudieran tener los emisores de las facturas. No tienen la obligación de conservarlas. Es probable que sí las conserven pero no hay seguridad. Si ellos dicen que no las conservan, difícilmente se puede hacer nada. Por otro lado, algunos notarios se están negando a entregar copias de las facturas con carácter generalizado alegando que han pasado más de cinco años. Es cierto que no tienen que conservarlas a efectos fiscales pero parece inverosímil que un profesional como un notario vaya a destruir todas sus facturas transcurridos cinco años. Parece una excusa para no entregar documentación a los consumidores, evitar sacar copias a favor de sus clientes y parece que están protegiendo al banco. 

  • Hydros

    Hola tengo una cláusula suelo de 3.5 con Unicaja . En un principio la hipoteca era del BBVA y posteriormente como mi banco era Unicaja me subrogue con ellos. Al final de la firma a mí me dieron las papeles de la compra al BBVA NUNCA me entregaron las escrituras con Unicaja es decir NUNCA VI lo que había en teoría firmado y q yo recuerde nadie me lo explico ... La pregunta es puesto q yo NO HE DEGRAVADO por esta vivienda y quiero mi dinero en metálico y No quiero ningún producto financiero ni rebaja en la hipoteca ni nada de eso....mi dinero quiero q se deposite en el mismo sitio de donde me lo quitaron .....si el banco se opone a dar dinero en metálico que es lo q me temo q harán todos los bancos ....cómo llegamos a un acuerdo ¿¿.pues si voy por vida judicial y el banco decide darme el dinero a posteriori al que le van a condenar en costas es a mí !!!

    Esto no es así. Hay que hacer la reclamación por la vía que establece el Real Decreto-ley que publicó el BOE el sábado. El banco debe indicar cuál es la cantidad a devolver y el consumidor tiene que elegir si recibir el dinero metálico o que se amortice de la cantidad pendiente de devolución u otra propuesta del banco de pagar a través de otro producto, es elección del cliente aceptar o no. Si el banco se negara a pagar en la forma elegida por el cliente, éste sí puede ir a juicio y debería ganar con costas. 

  • isabel

    Firmé la hipoteca en el año 2000 y aún sigo con ella, podría reclamar los gastos de notaría y demás

    Podría discutirse si ha habido prescripción respecto a la devolución de cantidades. Hay que aclarar que la declaración de nulidad de una cláusula abusiva no prescribe. Pero es discutible el plazo que hay para reclamar la devolución de cantidades. Algunos creen que es aplicable el plazo genérico de las acciones personales, de 15 años. En este caso, tratándose de una hipoteca del 2000 ya habría prescrito. Pero yo opino que sí se puede reclamar porque como ha dicho el Tribunal Europeo que es una cuestión de orden público que las cláusulas no producen ningún efecto y la única restricción es que no existe cosa juzgada, parece que nos ería admisible introducir una limitación adicional en razón del tiempo transcurrido. 

  • GEMA

    Hola. Quisiera saber si se puede pedir algún tipo de responsabilidad al Notario por no leer conscientemente toda la Escritura al comprador, ni preguntar si algo no se entendía, ni explicar el contenido, alcance y efectos de las cláusulas que se desmostró eran abusivas.

    La capacidad del notario para excluir cláusulas abusivas está limitada. No puede por sí mismo enjuiciar el carácter abusivo de cualquier tipo de cláusula. En este caso, además, las cláusulas suelo se anulan por falta de transparencia en cuanto a la información previa, la que el banco debía haber facilitado al consumidor antes de ir a firmar al notario. Por lo tanto, aunque el notario no haya actuado de forma muy diligente para informar al consumidor, la responsabilidad principal recae sobre el banco. 

  • ESCORPION

    Si se gana la demanda al banco cual es tipo de interes por demora?

    El interés de demora es dos puntos superior al interés legal de cada año. El interés legal es el que se establece cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y ha sido desde que se ha bajado el Euríbor, el 4% desde el 1 de abril de 2009 hasta 2014. En 2015 fue del 3,5% y en 2016 y lo que va de 2017 es el 3%. 

  • LEONARDO s.c

    Los que ya tenemos ganada una sentencia a nuestro favor tendremos que volver a juicio.

    Es lo que contestamos antes. Puede haber cosa juzgada y hay que ver en qué términos se ha juzgado la sentencia anterior. Si ya deja claro que solo hay derecho a devoluciones desde mayo de 2013, no se va a poder reclamar nada más. 

  • Maribel

    Tengo una hipoteca en Abanca (Caixa de Galicia) en el 2013anularon la clausula suelo pero solo desde esa fecha.¿tengo derecho a la indennizacion desde el 2004 principio de la hipoteca?

    Creo que sí. Hay una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 que dice que el hecho de que haya una sentencia en una acción de cesación, que es el caso de la sentencia del 2013 del Tribunal Supremo que no hace cosa juzgada respecto a las reclamaciones posteriores individuales de cada consumidor con fundamento en su situación particular. 

  • iker

    tengo una hipoteca subrogada y la factura que me dieron en la notaria vienen los gastos de la escritura de compraventa y del préstamo juntos... como puedo saber los gastos que entran y los que no?

  • ana

    La hipoteca que tenía, ya está cancelada, estaba a nombre de mi sociedad familiar muy pequeña, pero sobre un bien a mi nombre, puede solicitar la devolución de la cláusula suelo y los gastos de notaría ?

    Si está a nombre de una sociedad, no es un préstamo al consumo. Si no se es consumidor no hay protección frente a las cláusulas abusivas y no puede reclamar los gastos de notaría, registros... En cuanto a la cláusula suelo no puede reclamarla por ser abusiva pero quizás sí si no hay ninguna información anterior a la firma de la escritura relativa a esa cláusula. En esos casos depende del criterio de cada juez. Hay jueces que solo estiman demandas de consumidores. Otros sí admiten demandas de no consumidores cuando no ha habido información previa con base en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación. 

  • Luis Manuel

    Buenas tardes. Tengo un crédito personal ( no una hipoteca) con el BBVA para la adquisición de unos terrenos edificables. Se anuló la clausula de suelo en el 2013. ¿ Puedo reclamar la clausula de suelo aunque no sea una hipoteca? Recordemos que es un crédito personal. ¿Puedo también reclamar los gastos de notaría y demás?

    Siempre que se haya comprado los terrenos en calidad de consumidor para edificar una vivienda propia, no una promoción inmobiliaria, sí se puede reclamar la devolución de la cláusula suelo como los gastos de notaría, registro... etc. 

  • lucia

    Entran las novaciones en los gastos de hipoteca?? y las cancelaciones?? y los gastos de apertura del préstamo?

    Las novaciones, yo entiendo que sí si hay una novación que afecte a las responsabilidades hipotecarias, que no se limite a cambiar una condición del préstamo, sí se puede. La cancelación sí, íntegramente. Los gastos de apertura del préstamo, si se refiere a la comisión de apertura, esto no se puede reclamar porque es válido y no se considera abusiva. Otra cosa es que se refiere a la factura del notario, registrador, etc. Eso sí se reclama. 

  • iker

    Cuando hay una subrogación en la hipoteca, como distinguimos los gastos que si entran de los que no? En mi caso las facturas de la notaria vienen juntas... se pueden desglosar??

    Habría que ver a la luz del Real Decreto que regula los derechos del notario qué parte corresponde a la compraventa y qué parte a la hipoteca. Es complicado. 

  • Miguel

    Hipoteca realizada en 2001(Liberbank) con interes relacionado con euribor + 0,65 con redondeo al cuarto de punto superior.Dejaron de efectuar el redondeo sobre 2007.¿Tengo derecho a devolución? ¿Gastos de hipoteca? Estos no parecen venir muy detallados en la escritura.... Gracias por su respuesta.

    Efectivamente si se puede reclamar lo que se haya pagado en exceso por redondeo, hay sentencias del Tribunal Europeo de 2008 y por eso se pueden reclamar. Los gastos de hipoteca también. No aparecen en la escritura porque no son parte de ella. Los gastos no aparecen pagados al banco porque no son parte de la escritura sino otros gastos accesorios vinculados al préstamos. Tienen que estar en las facturas correspondientes o en el justificante de pago. 

  • EMELIDE

    Llegué a un acuerdo con el banco para que me eliminasen la cláusula suelo, y me devolvieron lo pagado demás desde que envié la reclamación al SAT,(unos 3 meses), pero me hicieron firmar un papel comprometiéndome a no reclamar nada más por todo lo que tuviese que ver con la cláusula. Podría reclamar ahora que hay sentencia obligándoles a ello a devolver lo pagado demás desde que firme la hipoteca en 2006? Puedo reclamar los gastos de notario y del impuesto de AJD?

    En lo referente a la cláusula suelo, hay argumentos a favor y en contra de que se pueda reclamar. A favor, el Tribunal dice que la nulidad de las cláusulas es una cuestión de orden público y que el Juez debe actuar de oficio para eliminar todos los efectos económicos que haya tenido la cláusula. Entonces eso por un lado parece que permite reclamar. Por otro lado, el Tribunal Supremo tiene muchas sentencias que dicen que cuando algo es nulo, como este caso, no se puede sanar después ni se puede hacer ninguna aceptación de esto que es nulo. Esa renuncia a realizar nuevas reclamaciones es nula. Pero, en sentido contrario hay que tener en cuenta que los consumidores que los consumidores, aunque no pueden renunciar a sus derechos siempre que lo hagan por anticipado, sí se admite que renuncien a posteriori tras un conflicto. Puede que renuncien a reclamar esas cantidades. Entonces hay que ver cuál de estas dos tesis alternativas va a prevalecer en el futuro. Yo creo que debería prevalecer la primera y que sí se pudiera reclamar, pero no hay seguridad. 

    Respecto a la segunda pregunta, si se pueden reclamar otros gastos, una cosa que haya una renuncia y otra que afecte a otras cláusulas. Una de las cuestiones que resolvía el Tribunal Superior de Justicia ayer, es esto, que si hay sentencia a una cláusula, no hay cosa juzgada respecto a otra cláusula en ese acuerdo o sentencia. 

  • Juana

    Los que ya cobramos parte de la cláusula suelo por ganarlo en juicio,tenemos derecho a reclamar la parte q nos queda y cómo podemos hacerlo gracias

    En la mayor parte de los casos no se podrá hacer. La única excepción que plantea el Tribunal de Justicia es precisamente que haya cosa juzgada. Que ya ha habido un juicio anterior resuelto con sentencia firme. Entonces no se puede volver a repetir el juicio. Cabe la posibilidad en algunos casos de que en la demanda se limitase la reclamación a las cantidades posteriores a mayo de 2013. En esos casos se puede entender que no hay cosa juzgada, pero habría que verlo en cada caso. Cómo se presentó la demanda y como se dictó la sentencia.